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Preguntas frecuentes

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Elementos esenciales del contrato

Datos de las partes

  • Nombre completo, nacionalidad, estado civil, domicilio y CURP/RFC.

  • Descripción completa del inmueble

  • Datos del título de propiedad (escritura, número, notario, fecha, registro).

Precio y forma de pago

  • Monto total, forma de pago, fechas y condiciones.

  • Si interviene un fideicomiso (en zona restringida), especificar el banco fiduciario.

Entrega de la posesión

  • Fecha en la que el comprador recibirá el inmueble y las llaves.

  • Estado físico y legal en que se entrega.

Gastos y honorarios

  • Quién paga los gastos de escrituración, impuestos y honorarios notariales (normalmente el comprador).

Declaraciones de las partes

  • El vendedor declara ser legítimo propietario y tener facultades para vender.

  • El comprador declara conocer el estado legal y físico del inmueble.

Cláusulas de garantía y saneamiento

  • El vendedor garantiza que el bien está libre de gravámenes y responde por evicción.

Penalizaciones o rescisión

  • Qué sucede en caso de incumplimiento (por ejemplo, pérdida del anticipo o pago de una pena).

Firma y testigos

  • Debe estar firmado por ambas partes y dos testigos.

  • Si se elevará a escritura pública, firmará ante notario público.

01

¿Se puede firmar un contrato privado o debe ser ante notario?

Sí, sí se puede firmar un contrato privado de compraventa, y es legalmente válido en México entre las partes.
Esto significa que:

  • Sirve como acuerdo de voluntades: ambas partes se comprometen a vender y comprar.

  • Es obligatorio entre vendedor y comprador.

  • Permite establecer condiciones, plazos, anticipos, penalizaciones, etc.

02

¿Qué pasa si una de las partes no cumple lo acordado en el contrato?

Cuando una de las partes no cumple, se considera un incumplimiento contractual (artículos 1796 y 2104 del Código Civil Federal).
Esto da derecho a la parte afectada a:

  • Exigir el cumplimiento forzoso del contrato (por ejemplo, que el vendedor entregue la propiedad o que el comprador pague).

  • Resolver o rescindir el contrato, es decir, dar por terminado el acuerdo y exigir compensación por daños y perjuicios.

03

​¿Qué es un fideicomiso bancario y cómo funciona para extranjeros?

El fideicomiso bancario es un contrato legal mediante el cual un banco mexicano (fiduciario) adquiere la propiedad de un inmueble ubicado en la zona restringida (franja de 50 km desde la costa o 100 km desde la frontera), para beneficio de un extranjero (el fideicomisario).

Esto permite que un extranjero tenga todos los derechos de uso, disfrute, renta, venta o herencia del inmueble — sin violar la Constitución Mexicana, que prohíbe a extranjeros ser propietarios directos en esa zona. Participan tres partes:

  1. El fideicomitente → el vendedor o propietario original del inmueble.

  2. El fiduciario → el banco autorizado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

  3. El fideicomisario → el comprador extranjero (beneficiario del fideicomiso).

El proceso:

  • El comprador extranjero elige el banco que fungirá como fiduciario (Banorte, ScotiaBank, BBVA, Santander, etc.).

  • El banco tramita un permiso ante la SRE (Secretaría de Relaciones Exteriores).

  • Una vez aprobado, el notario público formaliza la escritura del fideicomiso, donde el banco figura como propietario y el comprador como beneficiario absoluto.

  • El comprador paga una cuota de apertura (entre $1,500 y $2,500 USD aprox.) y una cuota anual de administración (alrededor de $500 USD).

04

¿Cómo se transfiere el dinero de manera segura desde otro país?

Una cuenta escrow (también llamada “cuenta de custodia” o “fideicomiso de garantía”) es una cuenta neutral y temporal administrada por una empresa tercera e independiente.
Su función es resguardar el dinero del comprador hasta que se cumplan todas las condiciones del contrato de compraventa.

05

​¿Qué identificación se acepta si no tengo CURP o RFC? 

Identificaciones aceptadas sin CURP o RFC

Si el comprador no es ciudadano mexicano, puede identificarse con:

  • Pasaporte vigente (obligatorio para extranjeros).

Debe estar vigente al momento de la firma ante notario.

Es el documento principal de identidad para todos los trámites.

  • Comprobante de domicilio reciente

Puede ser una factura de luz, agua, teléfono o estado de cuenta bancario.

No necesariamente tiene que ser en México; puede ser de su país de origen.

  • Forma Migratoria (si el comprador está físicamente en México)

Ejemplo: FMM (Forma Migratoria Múltiple) o residencia temporal/permanente.

  • Si el comprador no está en México, el notario puede aceptar la firma por poder o a distancia, dependiendo del caso.

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